Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR, la solicitud de medida cautelar sustitutiva hecha por la defensa del acusado xxxxxxxxxxxx; a quien se le sigue causa por su presunta participación en el delito de Homicidio, en perjuicio del ciudadano xxxxxxx y acuerda otorgarles la medida cautelar sustitutiva a la privación de libertad, de las establecidas en el artículo 582 de la LOPNA, como son las contempladas en los literales "c", "d" y "e"; consistentes en presentaciones periódicas cada 3 días, por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal; no salir de la jurisdicción del Estado Sucre sin la autorización del Tribunal y no acercarse ni comunicarse a los familiares de la victima de la presente causa. Se ordena fijar audiencia de imposición de la presente decisión para el día 21-12-2007 a las 10:00 AM. Librese boleta de traslado y de notificación a las partes. Así se decide. Cúmplase.
L.....