Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto éste Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: CONDENA al acusado ROBELIS JOSÉ GARCÍA, venezolano, natural Rió Caribe, de 46 años de edad, nacido en fecha: 10/31/1966, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº 10217067 de profesión u oficio obrero, hijo de Berta García y Rodrigo Duran y con domicilio en El Caserío de Chacaracual, Municipio Arismendi, del Estado Sucre, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISIÓN, más las accesorias de Ley, por la comisión del delito TRAFICO DE SUSTANCIAS DE ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el Segundo aparte del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD. Así mismo, considera este Tribunal que por cuanto han variado las Circunstancias que .....