En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Sexto de Control Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta: el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA PARA LOS IMPUTADOS ENIGDOLFO RAFAEL MAGO DE LA ROSA, titular de la cédula de identidad N° 12.271.095, ELVIS HENRIQUEZ MAGO DE LA ROSA, titular de la cédula de identidad N° 8.651.437 y MAIGUALIDA MERCEDES RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad N° 10.466.828 por la presunta comisión de uno de los delitos contemplados en la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD fundamentando su solicitud en que "... el hecho del proceso no se realizo o no puede atribuírsele al imputado..."