Habiéndole dado cuenta a la ciudadana juez del mismo; Este tribunal le observa a la representación judicial de la EMPRESA SEGURIDAD FUNDAUDO C. A. que en tanto y en cuanto esta empresa no es parte en el presente proceso de amparo constitucional, el cual fue incoado por el SINDICATO DE TRABAJADORES DE SEGURIDAD FUNDAUDO (SINTRASEGUDO), contra la UNIVERSIDAD DE ORIENTE, En consecuencia esa representación judicial no tiene cualidad para actuar en la presente causa. ASI SE ESTABLECE.
DIOS Y FEDERACION
LA JUEZA
ABG. ANTONIETA COVIELLO M.