´Por todos y cada uno de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bolívar y Mejía del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, DECLARA: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO E INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES incoada conjuntamente por los ciudadanos: IVAN JOSÉ FLORES VÁSQUEZ Y ORALYS YANEXI BELLO ARENAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V- 17.763.189 y V- 17.761.073 respectivamente, domiciliados: El Primero en la Urbanización Los Cocalitos, de la población de Marigüitar jurisdicción del municipio Bolívar del estado Sucre, y la segunda en Antioquia República de Colombia, el primero asistido y la segunda representada para este acto por el abogado en ejercicio: EUGENIO JOSÉ GONZÁLEZ, venezolano, m.....