este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumana, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, con fundamento en las previsiones de los artículos 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículos 20, 53 y 56 del Código Penal y 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal CONCEDE al penado BRAULIO JOSE AMUNDARAIN RONDON Venezolano, nacido en fecha: 14-07-86, de 22 años de edad, comerciante, residenciado en la Urbanización Rómulo Gallegos, Bloque 74, Piso 07, Apto 07-A, Cumaná, Estado Sucre, Titular de la Cédula de Identidad N°-18.745.992, actualmente se encuentra en el disfrute de una de las Formulas Alternativas de Cumplimiento de Pena como lo es Libertad Condicional, condenado por la comisión del delito de: ROBO GENERICO, previsto y sancionado en el articulo 455 del Código Penal en perjuicio de JOSÉ JESÚS PERDOMO VÁSQUEZ, más las accesorias de Ley, establecidas en el artículo 16 de.....