Por las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; ORDENA LA APREHENSIÓN del acusado ALEJANDRO JOSE LEZAMA SUBERO, venezolano, de 24 años de edad, titular de la cédula de Identidad N° 18.210.375, nacido en fecha 28/05/83, Urbanización Los Chaimas, vereda 23, casa N° 13, Cumaná, Estado Sucre, a quien se le seguirá la presente causa por la presunta comisión de los delitos de Robo Agravado, Privación Ilegitima de Libertad y Agavillamiento, previstos y sancionados en los Artículos 458, 474 y 286 del Código Penal, y Porte Ilícito de Arma de Fuego previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos Jorge Luis Visaez, Francisco Curiepe y La Colectividad; en consecuencia, SE ACUERDA oficiar al Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre y al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, .....