DISPOSITIVA
En virtud de todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA el SOBRESEIMIENTO de la presente causa, seguida a CARLOS ALBERTO VIDAL REYES, venezolano, natural de esta ciudad, de 21 años de edad, nacido en fecha 17-03-91, soltero de profesión no definida, residenciado en San Martín, Calle Páez, específicamente frente al mercal, casa numero 18, Municipio Bermúdez, Estado Sucre, titular de la cedula de identidad 24.839.845, por la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 4° en relación con el artículo 320 Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes de conformidad con lo previsto en el artículo 175 del Código Orgán.....