Se dictó y publicó decisión mediante la cual este Tribunal proveyó el escrito presentado por la ciudadana Yadimar del Valle Ramos de Villalba, asistida por los Abogados ENRIQUE MARVAL Y ADOLFO JOSÉ DÍAZ, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº 92.613 y 216.168, respectivamente, de la manera siguiente: 1) Con respecto al merito favorable en autos invocado en el Capítulo Primero, se acordó valorarla en la oportunidad de decidir acerca del fondo del asunto debatido; 2) En relación a las instrumentales promovidas en el Capítulo Segundo, del escrito in comento, las cuales constan en actas, se admitió en cuanto ha lugar en derecho se refiere, salvo su apreciación en la sentencia definitiva.