Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: ADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por el abogado ALBERTO JOSÉ GONZALEZ MARIN , en su carácter de Defensor Privado del ciudadano LUIS JOSÉ GUERRA JIMENEZ, contra Sentencia Definitiva Publicada en fecha 09-06-2009, por el Tribunal Unipersonal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, mediante la cual CONDENO al ciudadano antes mencionado a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA en perjuicio del ciudadano JOSÉ ALFREDO JIMENEZ GONZALEZ. SEGUNDO: Se fija de conformidad con el artículo 455 del Código Orgánico Procesal Penal, el DÍA 30-07-2009, a las 10:30 de la mañana para que tenga lugar la Audiencia Oral.....