Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, de Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la inhibición propuesta por la abogada SUSANA GARCIA, en la acción de tercería que incoara la ciudadana CARMEN QUIJADA, titular de la cédula de identidad número: 777.427, representada legalmente por el abogado Carlos Tineo inscrito en el Inpreabogado bajo el número:100.796, contra la ciudadana YANIRET RUIZ, titular de la cédula de identidad número: 5.881.526. Así se decide.