En consecuencia, este Juzgado Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: de conformidad con lo establecido en los artículos 479 ordinal 1° y 482 del Código Orgánico Procesal Penal, actualizado el cómputo de pena a el penado JHOATMER ALEXANDER HERNÁNDEZ BRITO, quien a la presente fecha 20-06-2008; tiene una pena física cumplida de SEIS (06) AÑOS, CINCO(05) MESES, VEINTE (20) DÍAS Y DOCE (12) HORAS DE PRISIÓN, faltándole por cumplir de la pena impuesta de OCHO (08) AÑOS, DIEZ (10) MESES Y QUINCE (15) DIAS DE PRISIÓN, la pena de DOS (02) AÑOS, CUATRO (04) MESES, VEINTICUATRO (24) DÍAS Y DOCE (12) HORAS DE PRISIÓN, la cual terminará de cumplir el día 14-11-2010, más las accesorias de ley.