En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMÚDEZ, BENÍTEZ, LIBERTADOR, ANDRÉS MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185-A interpuesta por los ciudadanos: MILVIDA MARIA VELASQUEZ TINEO y VICENTE PAUL SUCRE BRAZON, venezolanos, mayores de edad, conyugues, hábiles en derecho, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 12.887.947 y V- 9.937.635 respectivamente, domiciliados el primero en la Calle Principal de de la comunidad de Guarataro casa s/n, Parroquia San Juan de las Galdonas, Municipio Arismendi del Estado Sucre; y el Segundo en la Calle Principal del Sector Los Mangos, casa s/n de la comunidad de Guarataro, Parroquia San Juan de las Galdonas, Municipio Arismendi del Estado.....