DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el último aparte del artículo 191 y 193 de la Ley Orgánica de Drogas, AUTORIZA LA DESTRUCCIÓN de la sustancia ilícita incautada en el procedimiento realizado en la presente causa, seguida al adolescente xxxxxxxxxxxxxxxxpresuntamente incurso en la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD; cuyas características y pesos son las siguientes: CANNABIS SATIVA (MARIHUANA) con un peso neto de CUATROSCIENTOS OCHENTA GRAMOS (480 gr); procedimiento que se ordena realizar a cargo del Ministerio Público, conforme a las previsiones de los artículos 192 y 193 de la citada Ley e.....