Por las razones de hecho y de derecho, antes señaladas, este Tribunal Segundo de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, en contra del adolescente xxxxxxxxxxxxxxxxxx; por la presunta comisión de los delitos de ALTERACIÓN AL ORDEN PÚBLICO y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previstos en los artículos 216 y 218 del Código Penal, respectivamente, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO; conforme al artículo 582 literales "B" y "C" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, consistentes en quedar sometido al cuidado y vigilancia de su representante legal, ciudadana Adela Cruz Moreno Bermúdez, titular de la Cédula de Identidad N° V-6.008.480, quien estando presente en sala se compromete a ello; y presentaciones periódicas cada quince (15) días por ante el Puesto Polici.....