En consecuencia, en atención a los razonamientos antes expuestos, es por lo que este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR: La Inhibición planteada por el Abogado OMAR QUIJADA ZAPATA, en su carácter de Juez del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre.-
SEGUNDO: Se ordena la prosecución del curso procesal-legal de la causa Nº 6.089-17, ante el Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas que por distribución le corresponda.- Así se decide.-
Publíquese, Regístrese, Edítese en la Página Web del Tribunal Supremo de Justicia y Remítase copia certificada.....