Conforme a lo fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Marítimo y Bancario del Primer Circuito Judicial, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR la CUESTIÓN PREVIA establecida en el Ordinal 1º del Artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, relativa a la falta de jurisdicción, alegada por el demandado, ciudadano ROBERT JOSÉ VALDIVIESO MUJICA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, de profesión Abogado, titular de la cédula de identidad Nº V-11.829.889 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 117.847.
Se condena en costas a la parte demandada al haber resultado totalmente vencida en esta incidencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Por cuanto la presente decisión ha sido publicada fuera de su lapso legal, notifíquese a las partes de la presente decisión mediante boleta de conformi.....