Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito Protección del Niño y del Adolescente y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre; actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la recusación intentada por la abogada SAIDE ZAINE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro: 15.740.033 e inscrita en el I.P.S.A bajo el Nro: 106.809 en fecha 21 de Marzo de 2012, contra el Juez Superior En Lo Civil, Mercantil, Transito, Protección Del Niño Y Del Adolescente Y Bancario Del Primer Circuito De La Circunscripción Judicial Del Estado Sucre Abog. Frank A. Ocanto Muñoz.
SEGUNDO: en cumplimiento con lo dispuesto con el artículo 98 del Código de Procedimiento Civil, SE SANCIONA CON MULTA DE DOS BOLIVARES FUERTES (Bs.F. 2,oo) a la parte RECUSANTE, antes identificada, debido que la causa de la Recusación no se desprende que sea criminosa, de acuerdo a l.....