Este Tribunal Primero Superior del Trabajo, de conformidad con la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte demandante contra la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en fecha 10 de octubre de 2008; SEGUNDO: SE REVOCA LA DECISIÓN PROFERIDA POR EL JUZGADO A QUO, TERCERO: CON LUGAR LA DEMANDA interpuesta por los ciudadanos PATRICIA CHACAL Y OTROS, en contra de la FUNDACION MUNICIPAL DE LA VIVIENDA (ALCAVI), por motivo de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES; CUARTO: SE ORDENA LA EXPERTICIA COMPLEMENTARIA DEL FALLO, la cual será realizada por un único experto, designado por el Tribunal Ejecutor, cuyos honorarios serán sufragados por la parte demandada Asimismo, se deja constancia que los parámetros a seg.....