Por lo antes expuesto, revisada como ha sido la presente demanda y ajustándola a derecho, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA intentada, por CAROLINA HERNANDEZ DE LÓPEZ, contra la empresa MISTER FALAFEL actualmente FALAFEL Y CHAWARMA; en consecuencia se ordena a pagar a la demandada, los siguientes conceptos y montos: Antigüedad Bs. 1.993.372,44 Vacaciones y Bono vacacional laborados y no pagados: Bs. 375.705,00 y 409.860,00. Vacaciones y bono vacacional fraccionad Fraccionadas Bs. 295.953,00, para total de TRES MILLONES SETENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA BOLIVARES con cuarenta y cuatro céntimos (Bs. 3.074.890,44).
SEGUNDO: De conformidad con el artículo 92 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, se acuerda el pago de los intereses de mora, que hayan generado las cantidades adeudadas y condenadas a pagar en esta sentencia, desde el día de la culminaci.....