´Por todos y cada uno de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bolívar y Mejía del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, DECLARA: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO E INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES incoada conjuntamente por los ciudadanos: EUDO ENRIQUE TAMICHE y NEYDA YORGELINA VELASQUEZ, venezolanos, mayores de edad, ambos domiciliados en el Sector Petare Calle Principal, casas sin números, de la Jurisdicción del Municipio Bolívar del Estado Sucre, y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 14.448.085 y V-10.464.433, respectivamente, asistidos en este acto por el abogado LEOCADIO ARMANDO YSASIS CASTAÑEDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.276.939, inscrito en el instituto de Previsió.....