Este Juzgado Segundo de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: Cumplido como se encuentran los requisitos exigidos en los artículos 2 y 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, REDIME LA PENA al penado: PABLO AGUSTIN VELASQUEZ MOTA, titular de la Cédula de Identidad N° V-17.212.098, 21 años, domiciliado en la Llanada Sector 1, Vereda 10, Casa N° 1°, Cumaná Estado Sucre, en (ONCE (11) MESES, DIECIOCHO (18) DÍAS Y DOCE (12) HORAS, tiempo este que es Redimido en este acto al penado, que sumado este tiempo con el tiempo de pena cumplida físicamente hasta la presente fecha, da un total de pena cumplida, DOS (02) AÑOS, ONCE (11) MESES, DIECINUEVE (19)) DÍAS Y DOCE (12) HORAS. Le falta por cumplir la pena de: SIETE (07) AÑOS, DIEZ (10) DÍAS Y DOCE (12) HORAS, que se cumplirá totalmente en fecha: 29-11-2014 Hasta las Doce (12) ho.....