Este Tribunal HOMOLOGA el desistimiento efectuado de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil por aplicación analógica en concordancia con el artículo 11 de la ley Orgánica Procesal del Trabajo, y le otorga carácter de cosa Juzgada y, establece que el procedimiento continuara su curso con respecto a los demás demandantes. Así se deja establecido.
La Juez.
Abg. ALBELU N. VILLARROEL