Respecto de la Confesión Ficta la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en Sentencia N° 139, de fecha 20 de Abril de 2.005, caso RUBEN ANTONIO ISTURIZ contra GERARDO ARANGUREN FUENTES expresó: Que era indudable que el Juez examine Tres (3) situaciones a saber: a) Que el demandado no diere contestación a la Demanda; b) Que la demanda no sea contraria a derecho, o sea, que la acción propuesta no este prohibida por la Ley, sino por el contrario, que este amparada por ella; y c) Que nada probare que le favorezca, es decir, que el demandado no haya ejercido su derecho a promover y evacuar las pruebas que le favorezcan, o aun cuando las hubiese presentado y evacuado, no sean capaces de desvirtuar las alegaciones del demandante.
De lo que se deduce la necesidad de la concurrencia de los Tres requisitos indispensables, que el Juez debe analizar antes de declarar Confesa a la parte demandada.
En caso bajo análisis observa esta Instancia que la parte .....