En virtud de las razones de de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario, Marítimo y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, de conformidad con el artículo 785 del Código administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA FIRME el informe del Partidor que corre inserto a los folios 69 al 87 del expediente, y en consecuencia CONCLUIDA LA PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA COMUNIDAD HEREDITARIA incoada por la ciudadana MARÍA DE LAS MERCEDES ÁLVAREZ DE MILLOS contra los ciudadanos MARÍA AMPARO MILLOS ÁLVAREZ, MIRIAM MERCEDES MILLOS ÁLVAREZ, MIREYA MILLOS ÁLVAREZ y JOSÉ MANUEL MILLOS ÁLVAREZ, en lo que respecta al bien inmueble constituido por un terreno y la casa sobre el construida, ubicada en el sitio denominado Tunantar del municipio Bolívar del estado Sucre, que mide Treinta y siete metros con sesenta centímetros (37,60 mts.9 por s.....