Oído lo manifestado por el imputado, la fiscal y la defensa, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Niega las Medida de Protección y Seguridad, impuestas por el órgano receptor, contempladas en el artículo 87 numérales 5 y 6, dictadas al imputado ROSARIO ISAAC ANTONIO, quien es venezolano, de 44 años de edad, natural de Carúpano, Municipio Bermúdez, del estado sucre, nacido en fecha 22-11-63, portador de la cédula de Identidad N° 6.215.198, de oficio obrero, hijo de Isaac Zapata y Antonia Josefina Rosario , residenciado en Barrio Sucre, Final Calle Pedro Elias Aristiguieta, Municipio Bermúdez, Estado Sucre; a quien se le atribuye la comisión del delito de Violencia Física , previstos y sancionados en el artículo 42 todos de la Ley Orgánica sobre el Derecho de Las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de l.....