En atención al razonamiento antes expuesto, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara de Oficio la PERENCION DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo previsto en el encabezamiento del artículo 267 eiusdem, con los efectos señalados en el artículo 271 del mismo Código adjetivo, en el juicio por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, incoado por los Abogados en Ejercicio JORGE ANTONIO BARRERA Y RICHARD ANTONIO PIÑANGO, titulares de la cédula de identidad Nros. V-5.042.805 y V-7.602.496, e inscritos en el Inpreabogado bajos los Nros. 34.111 y 53.695 actuando en representación del ciudadano YRVIN RAFAEL FERNANDEZ RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad Nº V-9.867.850, domiciliado en la calle Ricaurte casa s/n, a media cuadra de la Concha Acústica, Casco .....