Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de los Municipios Benítez y Libertador, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la presente demanda de ESTABLECIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, intentada por la ciudadana KARINA AYERIN PACHECO BRITO, ampliamente identificada en el encabezamiento de la presente sentencia, ya que de autos se evidencia que el ciudadano LUIS JOSÉ LEÓN GÓMEZ, igualmente identificado ut supra, ha cumplido con la obligación alimentaria a favor de sus hijos y actualmente éstos se encuentran viviendo con su abuela paterna; todo de conformidad con lo establecido en los Artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 254 del Código de Procedimiento Civil y 511 y siguientes de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.-