El Juzgado Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, constituido como Tribunal Mixto actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, por decisión unánime en virtud de la falta de pruebas suficientes que desvirtúen la presunción de inocencia y consecuencialmente que acrediten la certeza de la culpabilidad de las acusadas en el hecho punible que se les atribuyese conforme al pedimento concordado del Ministerio Público y de la Defensa Pública, ABSUELVE a las ciudadanas MARÍA FERNANDA RUSSO RONDÓN, venezolana, de 25 años de edad, titular de la cedula de identidad 16.338.150 y domiciliada en Avenida Principal de Guarapiche casa N° 7 de Cumaná; ROSA MACARINA MÁRQUEZ, venezolana, titular de la cedula de identidad 3.872.465 y domiciliada en Cumanagoto Norte, Sector San Luis Primero, Vereda 10, Casa N° 12, Cumaná, Estado Sucre. Asimismo declara CULPABLE al acusado JAIME JOSÉ ROQUE MÁRQUEZ, venezolano, nacido en fecha 25 de junio d.....