Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, de Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la inhibición propuesta por la abogada SUSANA GARCIA, en el juicio de vía ejecutiva, incoado por la ciudadana MAIDA RUIZ, titular de la cédula de identidad número: 9.455.737, representada judicialmente por los abogados Gualberto Ríos y Pedro Marín, inscritos en el Inpreabogado con los números: 6.746 y 489, respectivamente, contra el ciudadano ESTEBAN BRAVO, titular de la cédula de identidad número: 8.340.451, representado judicialmente por eL abogado Vicente Villarroel, inscrito en el Inpreabogado con el número: 30.087. Así se decide.