Como consecuencia del presente Convenimiento queda establecido que las sumas de dinero aquí indicadas como Obligación Alimentaria, Bs.300.000,oo mensuales, y Aguinaldos Bs. 500.000, se aumentarán automáticamente en la misma proporción en que se incrementen los ingresos del Obligado en Alimento, ciudadano Alexander Simón Valdiviezo, de conformidad con el contenido del transcrito artículo.- Asimismo, queda entendido entre las partes que la suma de dinero convenida por concepto de Aguinaldos, Bs. 500.000,oo, será cancelada durante los primeros cinco (5) días del mes de Diciembre de cada año.- Ahora bien, a los fines de garantizar el cumplimiento de este Convenimiento se ordena aperturar Cuenta de Ahorros en la Institución Bancaria Caroní, Agencia Casanay, se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, la cual será movilizada con previa.....