Por lo que en base a todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este tribunal primero de juicio, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Declara Inadmisible e Improcedente, la acción de amparo incoada por el ciudadano Abogado Cesar Ríos Guilarte asistido por la Abogada Inés Guilarte Avila, en contra de la Fiscalía del Ministerio Público. Librense las notificaciones respectivas.