Conforme a lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y vistas las declararciones de los testigos presentados, se declaro "CON LUGAR" la solicitud en favor del solicitante, sobre una casa ubicada en la calle Piar de Irapa, alinderdad por el NORTE: con propiedad que es o fue de Eloísa Leon; SUR: propiedad que es o fue de Doris Nessi; ESTE: Caño El Maco y OESTE: calle Piar de Irapa.