Este Juzgado Cuarto de Control administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD al imputado MAIKEL MANUEL BASTARDO CASTAÑEDA, CI:16.701.803, resido en los Teques estado Miranda, en el sector lagunetica, calle Bicentenario parte baja, casa N° 32, a una cuadra de la cancha de Castillo, casa S/N,, por el delito de Homicidio Intencional, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal, de conformidad con el artículo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en presentaciones periódicas cada 15 días por ante la unidad de alguacilazgo.
Se ordena la libertad inmediata del imputado desde la sala de audiencia. Líbrese oficio y boleta de excarcelación al Comandante de la policía del estado. Líbrese oficio a la unidad de alguacilazgo.