Este Tribunal Sexto de Control, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta el sobreseimiento de la causa seguida en contra del imputado RONALD JOSE MARQUEZ, venezolano, de 18 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 20.065.298, residenciado en el barrio Buena Vista, en la antigua casilla policial de esta ciudad, por la comisión del delito de Robo en la modalidad de arrebatón, previsto y sancionado en el artículo 458 último aparte del Código Penal vigente para la época del hecho, en perjuicio de la ciudadana ALCIRA JOSEFINA BELLO NUÑEZ, por haber prescrito la acción penal.