este Tribunal de conformidad con lo establecido en literal A del articulo 578 de la LOPNNA, ADMITE PARCIALMENTE LA ACUSACION en contra del acusado XXXXXXXXX por el delito de TRAFICO EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, en virtud de que existen suficientes medios de convicción para ir a juicio en consecuencia se ordena la apertura al juicio oral y reservado , se acuerda remitir las actuaciones en un lapso de 5 días de conformidad con lo previsto en 579 ejusdem, asimismo se acuerda las copias simples solicitadas por las partes de la presente audiencia. Quedan las partes presentes notificada conforme a lo establecido en articulo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. ASI SE DEC