En virtud de las circunstancias antes descritas, este Juzgado Mixto de Juicio de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre. Extensión Carúpano. Por decisión Unánime, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ABSUELVE al acusado: omissis, por la presunta comisión de los Delitos de Robo de Vehículo en grado de cooperador inmediato, en perjuicio de Juan Miguel Pinto; de conformidad con lo dispuesto en el literal "b" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del adolescente. Remítase al Juzgado de Ejecución de ésta sección penal de adolescentes en su debida oportunidad. Dada, firmada y sellada por el Juzgado Mixto de Juicio de Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre. Extensión Carúpano. En el día de hoy dieciocho (18) de Diciembre de 2007
La Jueza de Juicio: