este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad ,en virtud de que se cumplen a cabalidad los extremos legales previstos en el articulo 250 del Código Orgánico Procesal, por la presunta comisión del delito de Hurto Calificado previsto y sancionado en el artículo 453 del Código Penal, al Imputado ANGEL JOSÉ COVA SUBERO, Venezolano, de 21 años de edad, nacido en fecha 02-08-86, titular de Cédula de Identidad N° V- 20.125.135, de Oficio: sin oficio, hijo de Eustoquia Cova y Carlos Subero, domiciliado Playa Grande al frente del Cuerpo de Investigaciones Penales y Criminalística, Casa S/N Municipio Bermúdez, Carúpano- Estado Sucre, en perjuicio del ciudadana ETOQUIA RAMON COVA COVA, considerando que a las actas que conforman el presente asunto, cursan: El Acta Policial de fech.....