En consecuencia este Tribunal Unipersonal de Juicio del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve lo siguiente: Se declara PENALMENTE RESPONSABLE al adolescente xxxxxxxxxxxxxx; de la comisión del delito de ALTEACIÓN AL ORDEN PÚBLICO, previsto en el artículo 216 del Código Penal vigente, en perjuicio de la colectividad; en consecuencia, se le sanciona a cumplir la medida de AMONESTACIÓN, consistente la misma en recriminación severa que en este acto la juzgadora materializa, instándolo a no incurrir de nuevo en esta conducta ya que su actuación conlleva a una responsabilidad y su reincidencia en hechos similares le traería como consecuencia nuevos procesos penales que afectaran su normal desarrollo y desenvolvimiento en la sociedad. Sanción esta establecida de conformidad en el artículo 620 literal "a" en concordancia c.....