este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la pretensión de RESOLUCION DE CONTRATO, incoada por la Sociedad Mercantil URBANIZADORA CUMANA, C.A (URBANICA), representada judicialmente por los abogados en ejercicio MARÍA JOSE GREIGE y CARLOS G. JIMÉNEZ, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo los Nros. 105.964 y 106.576, en ese mismo orden; contra la Sociedad Mercantil CONSORCIO TRADELCA ARRIVAL, representada legalmente por los ciudadanos MIGUEL ANGEL DELGADO CESIN y JULIAN JOSE CASTRO NUÑEZ, portadores de las cédulas de identidad Nros. V- 9.894.071 y V-3.874.971, en ese orden, y judicialmente por el abogado ANGELO VICTORIO CIANO ALFONZO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 139.403. SEGUNDO: SIN LUGAR las pretensiones de INDEMNIZA.....