Por todo lo antes expuesto, éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, CONDENA a la Acusada NANCY ELIANE GUERRA SALAZAR, venezolana, mayor de edad, de 38 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.933.367, soltera, nacida el 26-07-1968, hija de: Felipe Guerra y Trina de Guerra, de profesión u oficio: estudiante, residenciada la vivienda Rural, casa 5, detrás de la medicatura, Sector Yoco, Parroquia Punta de Piedra, Municipio Valdez, del Estado Sucre; a cumplir la pena de Cuatro (04) años de prisión, por el delito de Distribución Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el Segundo y ultimo aparte del artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancia Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la Colectividad. En consecuencia se impone las a.....