Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ordena: PRIMERO: La presentación de la niña, por ante los Libros de Registro Civil de Nacimientos que se llevan por ante el Registro Civil Municipal del Municipio Sucre, Estado Sucre, de conformidad con los Artículos 17 y 18 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Líbrese oficio al Registro Civil Municipal de la Alcaldía del Municipio Sucre, Estado Sucre. SEGUNDO: Se designa al Consejo de Protección del Municipio Sucre, como MANDATARIO ESPECIAL, para que realice la presente misión, todo ello de conformidad con el artículo 126 literal “F” de la Ley Especial. Líbrese oficio al Consejo de Protección del Municipio Sucre, exhortándosele que una vez realizada la diligencia pertinente a la presentación deberá consignar el documento donde se evidencia la presentación respectiva. TERCERO: Expedir por Secretaria Copias Certificadas de los folios 102 y 103 .....