este Juzgado Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA EL CESE DE LA MEDIDA DE PROTECCIÓN, acordada en fecha 7 de noviembre de 2012, a favor de la ciudadana GABRIELA CALINA ACHIQUE GONZALEZ, titular de la cédula de identidad N° 24.875.063, soltera, de profesión u oficio del hogar, domiciliada en el sector Limonar, Calle Morichal, Casa S/N, al lado de la Escuela Indígena Limonar, Santa Fe, Parroquia Raúl Leoni, Municipio Sucre, Estado Sucre, por haber transcurrido íntegramente el lapso por el cual fue acordada, sin que haya mediado requerimiento de prórroga por parte de la víctima.