Este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: CONDENA, al acusado PEDRO JOSÉ GONZÁLEZ GARCÍA, quien es venezolano, mayor de edad, de 22 años de edad, nacido el 26-02-1991, Soltero, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-20.376.873, Ocupación Obrero, residenciado en San Martín, Calle Las Flores, Casa S/N, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre; a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS DE PRISIÓN, mas las accesorias de ley, establecida en el artículo 16 ordinal 1 del Código Penal, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 406 ordinal 1, en perjuicio de JESÚS ENRIQUE VIÑA VILLARROEL, en virtud de los hechos ocurridos en fecha 06--07-2012. Dicha pena la cumplirá en el establecimiento carcelario que determine la autoridad competente. Todo de conformidad con lo previsto en.....