Este Juzgado Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado sucre, por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas y de conformidad con lo establecido en los Artículos 370 numeral 4to, y 382 de Código de Procedimiento Civil, aplicables a este procedimiento por disponerlo así el 11, de la Ley Orgánica del trabajo, y los artículos 52 y siguientes, 123 y 124 de esta ultima ley, Declara ADMISIBLE la solicitud de llamamiento como tercero en la presente causa al ciudadano FRANCISCO ALEJANDRO GARCÍA FERNANDEZ, titular de la cedula 8.592.425. Se ordena notificar, mediante cartel de Notificación al ciudadano FRANCISCO ALEJANDRO GARCÍA FERNANDEZ, en la siguiente dirección Urbanización Los Chaimas, entrada principal, acceso al primer estacionamiento, segunda casa, Municipio Sucre, Cumaná, Estado Sucre, a los fines de que comparezca asistido de Abogado o representado por medio de Apoderado, a este Juzgado Segundo. En consecuencia se deja sin.....