este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito, Bancario y Marítimo del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR la pretensión de INQUISICIÓN DE PATERNIDAD formulada por el ciudadano ARTEMIO CARMONA GIL, titular de la cédula de identidad Nº 10.217.851, representado judicialmente por el abogado en ejercicio SANDY ROJAS FARIAS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 48.614, contra los ciudadanos INÉS MARIA GIL, LAURA CARMONA GIL, GLADYS CARMONA GIL y FÉLIX CARMONA GIL, en sus caracteres de herederos del finado EZEQUIEL CARMONA y la primera de los nombrados, además, en su carácter de madre del accionante; y contra los ciudadanos JULIÁN MEZA GIL y AGUSTÍN MEZA GIL, en sus carácteres de herederos del de cujus JULIÁN MEZA HERNÁNDEZ. Así se decide.