En consecuencia, con base a los razonamientos antes explanados es por lo que este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Inhibición planteada por el Abogado Félix Benítez Pérez, Juez del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre.-
SEGUNDO: Se ordena la prosecución del curso Procesal-Legal en la causa llevada en el Expediente signado con el Nº 1379-18 de la nomenclatura interna del mencionado Tribunal de Municipio, por ante el Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas, una vez sea designado un Juez Accidental para el conocimiento de dicha causa, en v.....