Es por las consideraciones de hecho y de derecho antes señaladas que este Juzgado de Municipio Andrés Eloy Blanco del Primer Circuito Judicial del estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente proceso que por RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO intentó el ciudadano LUIS ALBERTO GONZALEZ CENTENO, plenamente identificado en autos, cursante al Expediente N° 11-124. Todo de conformidad con lo previsto en los artículos: 14, en lo referente a "El Juez es el director del proceso y puede impulsarlo de oficio hasta su conclusión...", 267, 268 y 269 del Código de Procedimiento Civil.
De conformidad con lo previsto en el artículo 283 eiusdem, y dada la especialidad de la naturaleza de la presente decisión no hay condenatoria en costas.
Notifíquese al solicitante de la decisión. Líbrese Comisión exhórtese al Juzgado Distribuidor de los Municipios Mariño, García, Tubores, Vi.....