DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVATIVA DE LIBERTAD, de conformidad con lo dispuesto en el numerales 3 y 6 del Artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del imputado José David Alfonzo Díaz, venezolano, de estado civil: soltero, de 29 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.807.405, 16.892.956, hijo Neris Alfonza y Estilita Díaz, de ocupación Comerciante y domiciliado en: Carretera principal de San Antonio, en una invasión de Irapa Municipio Mariño, Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÌSICA, previstos y sancionados en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre los Derechos de la Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Erika Maria Guilarte Farias; Consistente en un régimen de presentaciones periódicas, cada Quince (15) días, por el lapso de cuatro (04) meses, por ante la Comandancia De Policía de Irapa, Municipio Mariño del Estado Sucre, todo de conformidad con lo establecido en el 256 numeral .....