DISPOSITIVA
Analizado lo manifestado por las partes y vista la admisión de los hechos planteada por el acusado, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, admite totalmente la acusación fiscal, por cuanto las misma cumple con los requisitos exigidos en el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal, igualmente se admite las pruebas ofrecidas por ser pertinentes, útiles y necesarias en contra del acusado LEONEL JOSE MENES LA ROSA, venezolano, natural de Carúpano, de 44 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 10.216.186, nacido en fecha 05-12-61, casado, de Profesión u Oficio comerciante, hijo de Agustín Méndez y Maria del Valle La Rosa, Domiciliado en Guiria la Playa, vía los Uveros, Casa S/N, cerca del abasto Doña Belén, Municipio Bermúdez, Estado Sucre, y en consecuencia tomando en consideración que la pena a apl.....